Operación Renta 2024: Conoce los principales cambios y fechas claves del proceso.
- A partir del 1 de abril comenzará el proceso, el cual se extenderá hasta la primera semana de mayo.
- Dependiendo de los ingresos, el proceso permite la devolución de impuestos o el pago de estos.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que el proceso de renta 2024 inicia el próximo 1 de abril, este trámite permite a los contribuyentes de
clarar sus rentas o ingresos anuales. En personas naturales, se debe verificar si cumples con lo establecido para el proceso, mientras que las empresas deben realizarlo sin cumplir ninguna condición.
Según informó el SII, existe plazo hasta el último día hábil de abril de 2024, y por lo general hay un periodo de extensión hasta la primera semana de mayo para declaraciones sin pago o con una solicitud de devolución. Posterior a la declaración, el organismo regulador indica si corresponde la devolución o pago de impuestos.
Dentro del marco de esta nueva Operación Renta también se dieron a conocer las modificaciones de este nuevo proceso, siendo una de las principales novedades el Escritorio Contable, herramienta que permitirá facilitar el proceso para quienes se desempeñan en la contabilidad y asesoría contable. La iniciativa consiste en poder cumplir con la presentación de las Declaraciones Juradas de todos sus clientes en un mismo lugar.
Así mismo, otra de las modificaciones informadas por el SII tiene que ver con la Declaración Jurada 1945, sobre Organizaciones sin fines de lucro (OSFL). La cual consiste en modifica desde UF 12.000 a UF 4.000 el mínimo de ingresos que obliga a las OSFL a entregar al SII la información relativa a una serie de partidas, como sus ingresos, gastos y otros antecedentes, ampliando el universo de OSFL obligadas a presentar esta DJ.
Las personas que deben declarar su renta durante el 2023, corresponden a quienes:
- Tuvieron un ingreso anual superior a los $10.402.992.
- Tuvieron más de un empleador.
- Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.
- Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, pues deben pagar la cuota correspondiente.
- Quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.
En el caso de las empresas, todas deben realizar el procedimiento en su cuenta del Servicio de Impuestos Internos o a través de la aplicación del SII.
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